Obligaciones tributarias de diciembre de 2026 en El Salvador
En diciembre de 2026, la declaración de IVA, el pago a cuenta y la planilla ISSS-AFP (período noviembre 2026) vencen el lunes 14 de diciembre de 2026 — el décimo día hábil del mes. Aquí está el detalle completo del mes, con cada fecha ya ajustada por fines de semana y asuetos:
| Fecha límite | Obligación | Período | Tipo | Recordatorio |
|---|---|---|---|---|
| lunes 14 de diciembre de 2026 · ya venció | IVA (F-07) | noviembre 2026 | Declaración | 📅 Google Calendar |
| lunes 14 de diciembre de 2026 · ya venció | Pago a cuenta (F-14) | noviembre 2026 | Declaración | 📅 Google Calendar |
| lunes 14 de diciembre de 2026 · ya venció | Planilla ISSS-AFP | noviembre 2026 | Pago | 📅 Google Calendar |
| domingo 20 de diciembre de 2026 · ya venció | Aguinaldo | 2026 | Laboral | 📅 Google Calendar |
| lunes 21 de diciembre de 2026 · ya venció | Informe IVA (F-930) | noviembre 2026 | Informe | 📅 Google Calendar |
Asuetos de diciembre: 25 (Navidad). Por eso los plazos por día hábil de este mes se corren respecto a un mes sin feriados.
¿Qué se declara este mes?
- Declaración mensual de IVA (F-07): Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período declarado (Art. 94 Ley de IVA). Corresponde al período noviembre 2026.
- Pago a cuenta y retenciones de renta (F-14): Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período (Arts. 152 y 164 Código Tributario). Corresponde al período noviembre 2026.
- Planilla única ISSS y AFP (SPU): Pago dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al devengue, según la tabla oficial que publica la SSF cada año. Las fechas mostradas coinciden con la tabla 2026 de la SSF. Corresponde al período noviembre 2026.
- Pago del aguinaldo : Debe pagarse entre el 12 y el 20 de diciembre (Art. 200 Código de Trabajo). Si el 20 cae en día de descanso, conviene pagarlo antes: el plazo no se prorroga. Corresponde al período 2026.
- Informe mensual de retenciones, percepciones y anticipos de IVA (F-930): Dentro de los quince primeros días hábiles del mes siguiente (Art. 123-A Código Tributario). Corresponde al período noviembre 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence IVA (F-07) correspondiente a noviembre 2026?
El lunes 14 de diciembre de 2026. Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período declarado (Art. 94 Ley de IVA).
¿Cuándo vence Pago a cuenta (F-14) correspondiente a noviembre 2026?
El lunes 14 de diciembre de 2026. Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período (Arts. 152 y 164 Código Tributario).
¿Cuándo vence Planilla ISSS-AFP correspondiente a noviembre 2026?
El lunes 14 de diciembre de 2026. Pago dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al devengue, según la tabla oficial que publica la SSF cada año. Las fechas mostradas coinciden con la tabla 2026 de la SSF.
¿Cuándo vence Aguinaldo correspondiente a 2026?
El domingo 20 de diciembre de 2026. Debe pagarse entre el 12 y el 20 de diciembre (Art. 200 Código de Trabajo). Si el 20 cae en día de descanso, conviene pagarlo antes: el plazo no se prorroga.
¿Cuándo vence Informe IVA (F-930) correspondiente a noviembre 2026?
El lunes 21 de diciembre de 2026. Dentro de los quince primeros días hábiles del mes siguiente (Art. 123-A Código Tributario).
¿Qué pasa si el vencimiento cae en fin de semana o asueto?
El plazo se prorroga al día hábil siguiente (Art. 10 del Código Tributario). Las fechas de esta página ya aplican esa prórroga sobre los asuetos establecidos por ley.
Fechas calculadas con el calendario de días hábiles de cada institución: los formularios de Hacienda con los cierres del sector público (verificado contra el Calendario Tributario oficial 2026 del MH) y la planilla ISSS-AFP con los asuetos de ley (coincide con la tabla oficial de la SSF 2026). Ante cualquier diferencia, prevalece el calendario oficial de mh.gob.sv.