Obligaciones tributarias de enero de 2027 en El Salvador

En enero de 2027, la declaración de IVA, el pago a cuenta y la planilla ISSS-AFP (período diciembre 2026) vencen el viernes 15 de enero de 2027 — el décimo día hábil del mes. Aquí está el detalle completo del mes, con cada fecha ya ajustada por fines de semana y asuetos:

Fecha límite Obligación Período Tipo Recordatorio
viernes 15 de enero de 2027 · ya venció IVA (F-07) diciembre 2026 Declaración 📅 Google Calendar
viernes 15 de enero de 2027 · ya venció Pago a cuenta (F-14) diciembre 2026 Declaración 📅 Google Calendar
viernes 15 de enero de 2027 · ya venció Planilla ISSS-AFP diciembre 2026 Pago 📅 Google Calendar
viernes 22 de enero de 2027 · ya venció Informe IVA (F-930) diciembre 2026 Informe 📅 Google Calendar

Asuetos de enero: 1 (Año Nuevo). Por eso los plazos por día hábil de este mes se corren respecto a un mes sin feriados.

¿Qué se declara este mes?

Preguntas frecuentes

¿Cuándo vence IVA (F-07) correspondiente a diciembre 2026?

El viernes 15 de enero de 2027. Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período declarado (Art. 94 Ley de IVA).

¿Cuándo vence Pago a cuenta (F-14) correspondiente a diciembre 2026?

El viernes 15 de enero de 2027. Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período (Arts. 152 y 164 Código Tributario).

¿Cuándo vence Planilla ISSS-AFP correspondiente a diciembre 2026?

El viernes 15 de enero de 2027. Pago dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al devengue, según la tabla oficial que publica la SSF cada año. Las fechas mostradas coinciden con la tabla 2026 de la SSF.

¿Cuándo vence Informe IVA (F-930) correspondiente a diciembre 2026?

El viernes 22 de enero de 2027. Dentro de los quince primeros días hábiles del mes siguiente (Art. 123-A Código Tributario).

¿Qué pasa si el vencimiento cae en fin de semana o asueto?

El plazo se prorroga al día hábil siguiente (Art. 10 del Código Tributario). Las fechas de esta página ya aplican esa prórroga sobre los asuetos establecidos por ley.

Fechas calculadas con el calendario de días hábiles de cada institución: los formularios de Hacienda con los cierres del sector público (verificado contra el Calendario Tributario oficial 2026 del MH) y la planilla ISSS-AFP con los asuetos de ley (coincide con la tabla oficial de la SSF 2026). Ante cualquier diferencia, prevalece el calendario oficial de mh.gob.sv.

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