Obligaciones tributarias de agosto de 2027 en El Salvador
En agosto de 2027, la declaración de IVA y el pago a cuenta (período julio 2027) vencen el jueves 19 de agosto de 2027, mientras que la planilla ISSS-AFP vence el miércoles 18 de agosto de 2027 — Hacienda y la SSF cuentan los días hábiles con calendarios distintos. Aquí está el detalle completo del mes, con cada fecha ya ajustada por fines de semana y asuetos:
| Fecha límite | Obligación | Período | Tipo | Recordatorio |
|---|---|---|---|---|
| miércoles 18 de agosto de 2027 · ya venció | Planilla ISSS-AFP | julio 2027 | Pago | 📅 Google Calendar |
| jueves 19 de agosto de 2027 · ya venció | IVA (F-07) | julio 2027 | Declaración | 📅 Google Calendar |
| jueves 19 de agosto de 2027 · ya venció | Pago a cuenta (F-14) | julio 2027 | Declaración | 📅 Google Calendar |
| jueves 26 de agosto de 2027 · ya venció | Informe IVA (F-930) | julio 2027 | Informe | 📅 Google Calendar |
Asuetos de agosto: 3 (Fiestas agostinas (San Salvador)), 5 (Fiestas agostinas (San Salvador)), 6 (Fiestas agostinas (nacional)). Por eso los plazos por día hábil de este mes se corren respecto a un mes sin feriados.
¿Qué se declara este mes?
- Planilla única ISSS y AFP (SPU): Pago dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al devengue, según la tabla oficial que publica la SSF cada año. Las fechas mostradas coinciden con la tabla 2026 de la SSF. Corresponde al período julio 2027.
- Declaración mensual de IVA (F-07): Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período declarado (Art. 94 Ley de IVA). Corresponde al período julio 2027.
- Pago a cuenta y retenciones de renta (F-14): Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período (Arts. 152 y 164 Código Tributario). Corresponde al período julio 2027.
- Informe mensual de retenciones, percepciones y anticipos de IVA (F-930): Dentro de los quince primeros días hábiles del mes siguiente (Art. 123-A Código Tributario). Corresponde al período julio 2027.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence Planilla ISSS-AFP correspondiente a julio 2027?
El miércoles 18 de agosto de 2027. Pago dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al devengue, según la tabla oficial que publica la SSF cada año. Las fechas mostradas coinciden con la tabla 2026 de la SSF.
¿Cuándo vence IVA (F-07) correspondiente a julio 2027?
El jueves 19 de agosto de 2027. Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período declarado (Art. 94 Ley de IVA).
¿Cuándo vence Pago a cuenta (F-14) correspondiente a julio 2027?
El jueves 19 de agosto de 2027. Dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al período (Arts. 152 y 164 Código Tributario).
¿Cuándo vence Informe IVA (F-930) correspondiente a julio 2027?
El jueves 26 de agosto de 2027. Dentro de los quince primeros días hábiles del mes siguiente (Art. 123-A Código Tributario).
¿Qué pasa si el vencimiento cae en fin de semana o asueto?
El plazo se prorroga al día hábil siguiente (Art. 10 del Código Tributario). Las fechas de esta página ya aplican esa prórroga sobre los asuetos establecidos por ley.
Fechas calculadas con el calendario de días hábiles de cada institución: los formularios de Hacienda con los cierres del sector público (verificado contra el Calendario Tributario oficial 2026 del MH) y la planilla ISSS-AFP con los asuetos de ley (coincide con la tabla oficial de la SSF 2026). Ante cualquier diferencia, prevalece el calendario oficial de mh.gob.sv.