🌐 Informe de operaciones con sujetos relacionados (F-982)

Informe Frecuencia: anual Formulario F-982

Los contribuyentes que en el año anterior realizaron operaciones con sujetos relacionados (empresas del mismo grupo, dentro o fuera del país) o con sujetos en paraísos fiscales, por un monto igual o mayor a $571,429.86, informan el detalle de esas operaciones en el F-982.

Fecha límite

Dentro de los tres primeros meses del año: a más tardar el 31 de marzo (Art. 124-A Código Tributario).

Próximas fechas Período Recordatorio
miércoles 31 de marzo de 2027 · ya venció ejercicio 2026 📅 Google Calendar
viernes 31 de marzo de 2028 · ya venció ejercicio 2027 📅 Google Calendar

Fechas calculadas con el calendario de días hábiles de la institución correspondiente (Hacienda o SSF), verificado contra los calendarios oficiales 2026. Todas las obligaciones del año están en el calendario tributario, con recordatorios para tu calendario.

¿Quién debe cumplirla?

Aplica a: Persona jurídica (sociedad) · Gran contribuyente

¿Dónde se presenta?

En línea, en el portal del Ministerio de Hacienda.

¿Qué necesitas?

¿Cómo se calcula?

Es informativo, pero se apoya en el análisis de precios de transferencia: las operaciones con relacionados deben valorarse como se pactarían entre partes independientes; si no, Hacienda puede ajustar la renta imponible.

¿Qué pasa si presentas tarde?

No presentar el informe estando obligado se sanciona con las multas del Art. 241 y 244 del Código Tributario, y deja al contribuyente expuesto en una fiscalización de precios de transferencia.

Preguntas frecuentes

¿Quién es un "sujeto relacionado"?

Entre otros: sociedades del mismo grupo económico, empresas donde los mismos socios tienen participación relevante, casa matriz y sus sucursales, y hasta distribuidores exclusivos. El Art. 199-C del Código Tributario trae la lista completa.

¿El umbral de $571,429.86 es por operación o por el total?

Por el conjunto de operaciones con relacionados realizadas en el ejercicio: si la suma alcanza el umbral, se informa el detalle de todas.

Base legal: Arts. 62-A, 124-A, 241 y 244 del Código Tributario; guía DG-001/2018 de la DGII. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador; verifica los plazos en el calendario oficial del Ministerio de Hacienda.

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