📊 Balance general y estado de resultados (F-971)
Informe Frecuencia: anual Formulario F-971
Junto con la declaración de renta, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad formal presentan a Hacienda su balance general y estado de resultados del ejercicio (formulario F-971). Quienes no llevan contabilidad formal presentan en su lugar el estado de ingresos y gastos.
Fecha límite
En el mismo plazo de la declaración de renta: a más tardar el 30 de abril (Art. 91 inc. 2° Código Tributario).
| Próximas fechas | Período | Recordatorio |
|---|---|---|
| viernes 30 de abril de 2027 · ya venció | ejercicio 2026 | 📅 Google Calendar |
| martes 2 de mayo de 2028 · ya venció | ejercicio 2027 | 📅 Google Calendar |
Fechas calculadas con el calendario de días hábiles de la institución correspondiente (Hacienda o SSF), verificado contra los calendarios oficiales 2026. Todas las obligaciones del año están en el calendario tributario, con recordatorios para tu calendario.
¿Quién debe cumplirla?
- Personas jurídicas y personas naturales obligadas a llevar contabilidad formal.
- Personas naturales no obligadas a contabilidad formal: presentan estado de ingresos y gastos.
- Los asalariados puros no presentan este informe.
Aplica a: Persona jurídica (sociedad) · Persona natural con negocio
¿Dónde se presenta?
En línea junto con la declaración de renta, en el portal del Ministerio de Hacienda.
¿Qué necesitas?
- Estados financieros del ejercicio cerrados y conciliados con la declaración de renta.
- La conciliación entre resultado contable y renta imponible (gastos no deducibles, ingresos no gravados).
¿Cómo se calcula?
No liquida impuesto: traslada las cifras de tus estados financieros al formulario. Lo importante es que cuadre con la declaración de renta — las diferencias entre resultado contable y fiscal deben estar explicadas por la conciliación.
¿Qué pasa si presentas tarde?
No presentarlo o presentarlo fuera de plazo se sanciona conforme al Art. 241 del Código Tributario (multas que pueden calcularse sobre el patrimonio o capital contable).
Preguntas frecuentes
¿Quiénes están obligados a llevar contabilidad formal?
En general, los comerciantes con activo superior al límite del Código de Comercio y todas las sociedades. Si llevas contabilidad formal, el F-971 acompaña tu declaración de renta cada año.
¿Se presenta aparte de la renta?
Se presenta en el mismo plazo y por el mismo portal que la declaración de renta; en la práctica se llena como parte del mismo proceso anual.
Base legal: Art. 91 incisos 2° y siguientes del Código Tributario. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador; verifica los plazos en el calendario oficial del Ministerio de Hacienda.